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Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial

¿Qué es? 

El Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial es el documento o contrato escrito en el que dos personas se ponen de acuerdo para que una de ellas otorgue el derecho de usar y ocupar un inmueble temporalmente. Que tiene permisos para ser usado comercialmente y la otra persona pague una cantidad de dinero como renta para usar el inmueble. Particularmente para fines comerciales, es decir, para poner un negocio o un establecimiento mercantil que realizará actividades industriales. 

El Contrato de Arrendamiento de Nave Industrial es el contrato que firma toda empresa o comerciante cuando va a pagar una renta para ocupar un espacio amplio con el fin de establecer una industria. 

¿Para qué sirve el contrato de arrendamiento de nave industrial? 

El contrato de arrendamiento de nave industrial se utiliza cuando una persona física o moral va a rentar un espacio físico grande para establecer y operar su industria. Es decir, es un inmueble que cuenta con las instalaciones, construcciones e infraestructura necesaria para realizar actividades y procesos industriales. Como es la transformación, producción, elaboración, almacenamiento y depósito de maquinaria, bienes y mercancías. 

¿Qué es una nave industrial? 

La nave industrial es un espacio físico que se construye con materiales o piezas prefabricadas en planta y únicamente se ensamblan en un terreno determinado, pudiendo tener techos de lámina o de concreto para proteger el espacio que se usará para establecer una industria o parte operativa de una industria.  

Es el espacio físico que se utiliza para establecer una industria. Es decir, según la Real Academia de la Lengua Española la industria es el “conjunto de operaciones materiales ejecutadas para la obtención o transformación o transporte de productos”. 

Por lo tanto, una nave industrial se utiliza para establecer maquinas o maquinaria que son utilizadas para generar o producir ciertos productos, bienes o servicios que sean lícitos y se encuentren dentro del comercio.  

¿Quiénes intervienen? 

Arrendador.  El propietario de la nave industrial, es decir, la persona que es propietaria del terreno sobre el que se armó o construyó la nave industrial que se rentará, también puede ser una persona facultada por el dueño a través de un poder para firmarlo en su nombre. Es quien le otorgará el derecho al arrendatario para que pueda usar y ocupar la nave industrial para establecer su industria.  

Arrendatario. Es la persona que pagará una cantidad determinada de dinero periódicamente por concepto de renta y quien a su vez usará y ocupará la nave industrial para establecer su industria. 

Requisitos del  contrato de arrendamiento de nave industrial: 

  • Datos generales del Arrendador y del Arrendatario. Es importante establecer en el contrato, en caso de ser persona física, el nombre completo y la Clave Única de Registro de Población (CURP). Y, en caso de ser persona moral, la denominación o razón social y la clave del Registro Federal de Contribuyente. Incluyendo el domicilio completo de ambas partes (el nombre de la calle o avenida, número exterior y, en su caso, número interior, nombre de la colonia, número del código postal, nombre de la ciudad o Municipio o Alcaldía, y nombre de la Entidad Federativa) y correo electrónico, en donde se les podrá hacer llegar cualquier tipo de comunicación, notificación o aviso que esté relacionado con las obligaciones o derechos que se establecen en el contrato de arrendamiento de nave industrial.  

  • Antes de firmar un contrato de arrendamiento de nave industrial debes estar seguro que la persona que actúa como Arrendador es la persona propietaria de la nave industrial. Aunque se trate de una persona moral (empresa o sociedad). Por eso, la manera en que podrás darte cuenta de quién es el verdadero dueño y está posibilitado para firmar el contrato será que te muestren el título de propiedad en donde haya adquirido el inmueble. O sea, que indique que es el propietario del inmueble sobre la que está construida la nave industrial. 

  • Recuerda que la nave industrial es para fines comerciales o industriales, por lo que el arrendador deberá exhibir y contar con los permisos o licencias que otorga el Estado en donde se encuentre ubicada la nave industrial. Es decir, generalmente, cuando se adquiere un terreno no tiene permisos para ser usado para fines comerciales o industriales. Es por esa razón que para poder rentarlo para esos fines deben solicitar permisos que otorga el Estado.   

  • El objeto del contrato. El arrendador otorga al arrendatario el derecho de usar y ocupar temporalmente la bodega rentada. Por eso, debe mencionarse específicamente el domicilio en donde se encuentra la bodega y si es posible también las medidas. Por lo que deberán mencionar el nombre de la calle o avenida, número exterior y, en su caso, número interior, nombre de la colonia, número del código postal, nombre de la ciudad o Municipio o Alcaldía, y nombre de la Entidad Federativa. Las medidas, linderos, colindancias, superficie del terreno y de la construcción de la nave industrial. Estos datos se pueden encontrar en la escritura pública en donde acredite el arrendador ser el propietario de la nave industrial que otorga en renta.  

  • Renta. Es la cantidad de dinero determinada en moneda nacional que el arrendatario tiene que pagar al arrendador durante un tiempo determinado. 

  • En ocasiones suelen establecer en moneda extranjera como el dólar americano, yen o cualquier otro tipo de divisa la cantidad que debe pagarse como renta. Sin embargo, es importante tener presente que la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos dice que la moneda extranjera no tendrá curso legal en nuestro país. Pero si se contraen obligaciones en este tipo de moneda extranjera cuando llegue la fecha de pagar se deberá hacer la conversión a la moneda nacional y pagarse. En consecuencia, con pesos mexicanos, ya sea en efectivo o mediante transferencia. 

  • La nave industrial deberá ser entregada en forma satisfactoria al arrendador (inquilino). Esto significa, que el inquilino antes debió haber revisado la nave industrial y aceptado cómo deberá entregarse. Por lo que una vez que se firme el contrato de arrendamiento de nave industrial, el arrendador deberá entregarle al inquilino la nave industrial igual a como habían acordado y como la había visto cuando aceptaron firmar un contrato para rentarla.  

  • Vigencia. La temporalidad del contrato, puede ser también un contrato de tiempo indefinido. En cuanto a la vigencia, recuerda que debes estar seguro de qué tiempo establece el Código Civil del Estado en donde se encuentre la nave industrial para saber el plazo máximo de vigencia que puede tener un contrato de arrendamiento como este. Por ejemplo, en la Ciudad de México, no puede tener una vigencia indefinida, sino que tiene que ser máximo de 20 años.  

  • Uso y destino. El arrendatario se obliga a destinar el bien arrendado únicamente para el uso que se convenga entre las partes. Debe manifestar que la nave industrial es adecuada para el fin industrial que desarrollará, y que está en perfecto estado para servir al uso que haya acordado con el arrendador y que reúne las condiciones de higiene, salubridad y seguridad. 

  • El arrendatario se obliga a mantener el bien en buen estado de conservación y a reparar cualquier daño, obligándose a pagarle al arrendador los daños y perjuicios en caso de que ocasione o dañe la estructura de la nave industrial. 

  • El arrendatario no podrá modificar el bien arrendado a menos que cuente con el acuerdo por escrito del arrendador. Además, las adaptaciones o mejoras que haya hecho a la nave industrial podrá quitarlas el arrendatario cuando termine la vigencia del contrato. 

  • El arrendatario o inquilino no puede sin autorización expresa y por escrito del arrendador subarrendar o traspasar todo o en parte la nave industrial, ni ceder total o parcialmente los derechos que tiene el inquilino en el contrato de arrendamiento.  

  • En caso de que el inquilino quiera subarrendar por completo o una parte de la nave industrial, deberá pedir permiso o autorización al arrendador, y éste deberá otorgarle dicha autorización de subarriendo por escrito.  

  • Una vez que termine el contrato el arrendatario debe el arrendatario o inquilino entregar inmediatamente la nave industrial al arrendador en el estado en el que el inquilino recibió la nave industrial el día que firmaron el contrato de arrendamiento de nave industrial. 

  • Es necesario que se establezca en el contrato, en qué momento o quién puede terminar o dar por terminado el contrato de arrendamiento antes de que venza el plazo de su vigencia. Es decir, especificar en qué casos o condiciones si una de las partes no cumple con alguna de las obligaciones la otra puede terminar el contrato avisándole o si necesariamente puede terminarse antes, siempre y cuando estén de acuerdo las partes.  

Dudas frecuentes: 

¿Hay que señalar el uso y destino de la nave?  

Sí, hay que hacerlo. Porque el propietario debe asegurarse de que la nave se destine siempre al mismo fin industrial que tiene permitido el inmueble conforme al permiso o licencia que lo acredite como tal. Esto para que no cambie el inquilino el uso de la misma, pues de así hacerlo caería en responsabilidad civil o, incluso, administrativa. 

¿Si se quiere usar el inmueble para un uso distinto al objeto del contrato se puede hacer?  

Si siempre y cuando se cuente con el consentimiento expreso por escrito del arrendatario. Pero siempre y cuando sea un fin comercial o industrial. Por ejemplo, no puede ser usada para casa habitación o para construir algo distinto a una nave industrial.  

¿Con qué documento lo puedo confundir? 

Lo puedes confundir con el contrato de arrendamiento para locales y oficinas. Sin embargo, son contratos distintos. O sea, si es cierto que en los dos contratos se paga una renta para poder ocuparlos y usarlos, el uso que se le da al inmueble que se renta en cada contrato es distinto. Por ejemplo, en el contrato de arrendamiento para locales y oficinas, generalmente se establecen condiciones que pertenecen a fines comerciales o de oficinas dentro de un condominio. Y, en el contrato de arrendamiento de nave industrial, se establecen condiciones para un uso industrial y no comercial, además de que no está dentro de un condominio. 

Fundamento legal:

Código Civil Federal 2398, 2399, 2400, 2406, 2412, 2425

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