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Rescisión de Contrato
¿Qué es la rescisión de contrato?
La Notificación de Rescisión de Contrato es el aviso que realiza una parte de un contrato a la otra parte, como consecuencia del incumplimiento a una o más de sus obligaciones, establecidas en un contrato previamente firmado por ambas partes, que realizó la parte a la que se le está dando aviso de la rescisión.
Por lo anterior, la consecuencia de dicha rescisión y lo que se busca es dar por terminado los efectos tanto de los derechos como de las obligaciones del contrato previamente firmado. Esto a partir de la fecha del aviso de la notificación de rescisión del contrato. La rescisión ataca al contrato en su ejecución y no en su constitución.
La rescisión tiene un doble significado, jurídico y literario. Su definición literaria, según la Real Academia Española significa dejar sin efecto un contrato. Es decir, una obligación. En cambio, si bien no existe una definición jurídica, el Código Civil Federal establece en su artículo 1949 que el perjudicado ante el incumplimiento de su(s) obligación(es) de la otra parte podrá exigir el cumplimiento o la resolución (terminación) de la obligación (derivada de la firma de un contrato o convenio), con la indemnización del pago de daños y perjuicios.
¿Para qué sirve?
La rescición de contrato se utiliza para dar por terminado un contrato derivado de un incumplimiento de la contraparte. Teniendo como finalidad dejar sin efectos el contrato a partir de la fecha en que se notifique de la rescisión. Es importante señalar que para poderse realizar este tipo de notificaciones, es necesaria la existencia previa de un contrato firmado entre dos o más partes en el que se haya establecido el cumplimiento de determinadas obligaciones.
¿Necesito la intervención de un juez para que surta efectos la rescisión del contrato?
Para que la notificación de la rescisión del contrato surta efectos, es importante conocer el contenido de las cláusulas del contrato en cuanto a las formás de terminación o rescisión. Pues nadie puede hacerse justicia por si misma.
Es decir, si tenemos dentro de las cláusulas del contrato establecida una condición resolutoria expresa, no se requerirá la intervención de ninguna autoridad judicial (Juez competente) para que deje sin efectos el contrato. Sino que en cuanto se dé el incumplimiento por cualquiera de las partes, la otra parte podrá dar aviso de la notificación de la rescisión del contrato y ésta surtira sus efectos plenamente por disposición de la ley. En caso de que la contraparte no esté conforme con la rescisión del contrato, podrá demandar judicialmente la misma ante un Juez competente.
Por otro lado, en caso de que en el contrato sea omisa la forma en que operará la rescisión estaríamos ante la presencia de una condición resolutoria tácita. Por lo que no existe impedimiento alguno para que pueda darse por rescindido el contrato. Sin embargo, en este caso para que pueda operar la rescisión del contrato, no bastará con que la parte perjudicada de aviso de la notificación de rescisión del contrato a la contraparte (quien haya incumplido con su obligación), sino que será necesario que el perjudicado acuda ante una autoridad judicial (Juez competente) para que pueda iniciar un juicio en el que tenga como finalidad dar por rescindido el contrato mediante una resolución judicial.
¿Quiénes intervienen?
Perjudicada. Es quien sufrió en su perjuicio el incumplimiento de una obligación y quien da el aviso de la notificación de la rescisión del contrato a la parte incumplida.
Incumplida. Es la parte que ocasionó un perjuicio a la otra parte, como consecuencia de su acción u omisión que dio origen al incumplimiento de alguna de las obligaciones señaladas en el contrato y es la misma parte que recibe la notificación.
Requisitos de la notificación de rescisión de contrato:
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Debe ser por escrito. Pues debe hacerse constar expresamente la voluntad o intención del perjudicado de dar por terminado el contrato.
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Deben incluirse los datos de la parte perjudicada, es decir, de quien está enviando la notificación. Es decir, su nombre completo (en caso de ser persona física) o denominación o razón social (en caso de ser persona moral). El nombre del representante legal (en caso de actuar a través de un poder o mandato). Es opcional en caso de que sea persona moral describir el instrumento público en donde se haga constar el poder o mandato que se le otorgó al representante legal de la persona moral.
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Deben incluirse los datos de la parte que ha incumplido. Deberá identificarse a la parte incumplida, con quien se celebró el contrato que pretende rescindirse. Mediante los siguientes datos: nombre completo (en caso de ser persona física) o denominación o razón social (en caso de ser persona moral). En este caso no es necesario que se señale o identifique al representante legal de la persona moral que incumplió el contrato, pues con quien se celebró el contrato es con la persona moral y no con su representante legal. Pues puede ser indistinto quien será la persona que recibirá y firmará el aviso de notificación de rescisión del contrato. Sin embargo, es recomendable que cuando se realice la notificación sea entregada a uno de los apoderados o representantes legales de la empresa.
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Se debe señalar la causa que dio origen al incumplimiento. Es importante que se especifique cuál fue la causa que da origen a la rescisión del contrato. Es decir, en qué consiste la causa de incumplimiento, la fecha si es el caso, la hora en que se dio el incumplimiento y de qué forma se realizo u omitió el incumplimiento. La causa que dío origen al incumplimiento de la obligación establecida en el contrato puede ser a través de la realización de un acto (acción) o por el hecho de no realizar un acto (omisión).
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Debe señalarse la fecha de la rescisión. Es necesario ponerle fecha a la carta pues será la fecha en que se está avisando la rescisión del contrato a la parte incumplida. Sin embargo, en ocasiones dicha parte que incumplió puede no estar presente en esa fecha sino que en una fecha posterior. Por lo que será a partir de la fecha de recepción de la notificación de rescisión del contrato la que se tomará en cuenta para que deje de surtir efectos y se de por enterada de la rescisión la parte incumplida.
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Firma de ambas partes. La firma estampada en el documento es la manifestación de la voluntad de la parte en el contenido del documento. Es decir, representa la aceptación de manera conciente y voluntaria de la persona que envía el documento, libre de cualquier vicio en la voluntad como puede ser el error (falsa apreciación de la realidad), violencia (física, moral o psicológica), lesión (suma ignorancia, notoria inexperiencia y extrema miseria), etc. Por lo que, es necesario que en la carta del aviso de notificación de rescisión del contrato se encuentre plasmada la firma de la parte perjudicada y la parte incumplida. En el caso de la parte incumplida, la firma estampada en el documento es la aceptación expresa de que ha recibido la carta y tiene conocimiento del contenido del mismo documento. Por lo que existe un consentimiento por ambas partes. Es decir, un acuerdo en dar por terminado el contrato por la causa y contenido establecido en dicha carta.
Dudas frecuentes:
¿Cuándo se termina un contrato?
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Cuando llega la fecha de terminación acordada entre las partes. Se refiere a la vigencia del contrato, es decir, conforme al plazo establecido en el contrato una vez que haya llegado la fecha de terminación o el último día de vigencia, el contrato de manera natural y ordinaria dejará de surtir efectos.
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Cuando las partes deciden terminar el contrato de mutuo acuerdo. Conforme al principio de autonomía de la voluntad en el que la voluntad de las partes es la máxima ley de los contratos. En el entendido de que las partes pueden establecer de común acuerdo todo lo que no esté prohibido por las leyes y que no vaya en contra del orden e interés público. Por lo tanto, las partes pueden de común acuerdo dar por terminado el contrato, rescindirlo, siempre y cuando dicha rescisión no perjudique o afecte a derechos de terceros.
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Cuando las partes han realizado todas las obligaciones a su cargo y se ha logrado la finalidad económica pretendida.
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Por incumplimiento de alguna de las partes firmantes del contrato.
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Por lesión, es aquella que sufre una de las partes en un contrato, causada cuando la otra parte (aprovechando la suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria de la contraparte) obtenía un lucro excesivamente desproporcionado a lo que él por su parte se obliga. Dando al perjudicado acción para demandar la rescisión del contrato o una reducción equitativa de la obligación a su cargo.
¿Con qué documento lo puedo confundir?
La notificación de rescisión de contrato se puede confundir con la rescisión de una relación laboral. Que, si bien también consiste en dar por terminado un contrato derivado del incumplimiento de una obligación, en este caso se refiere a la rescisión del patrón frente a uno o varios de sus trabajadores a causa de ese incumplimiento. Es decir, rescinden contratos de naturaleza distinta, uno es laboral y otro es civil o mercantil.
¿La rescisión del contrato significa que el contrato es inválido?
No. La rescisión de un contrato es la consecuencia de ciertas condiciones o actos que no se cumplieron con posterioridad a la fecha de firma del contrato. Es decir, que el contrato es totalmente válido y existente. Sin embargo, a partir de la rescisión dejará de surtir efectos.
¿Si rescindo el contrato a partir de qué momento dejará de surtir sus efectos?
Es importante que tengamos claro que el contrato surte sus efectos de manera natural y ordinaria, por lo que que al ocurrir un acontecimiento futuro que de causa a un incumplimiento obligacional da lugar a una rescisión del contrato teniendo como consecuencia el que no continúe surtiendo sus efectos, pero respetando la válidez que tuvo desde su fecha de firma hasta la fecha en que se declare la rescisión.
Fundamento legal
Artículo 1949 del Código Civil Federal
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